Frente a los casos de maltrato y muerte de animales, el abogado Ramiro Carrillo, en entrevista con EL DIARIO, manifestó que en Bolivia no existen fiscales ni peritos que se hayan especializado en animales. No hay un solo experto en el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) que pueda sustentar científicamente que un animal pereció por muerte natural o biocidio.
El jurista explicó que en las diferentes divisiones del Ministerio Público, ninguno de los fiscales tiene una especialización y lo único que hacen es remitir los casos al procedimiento común.
En la Ley 700 para la Defensa de los Animales Contra Actos de Crueldad y Maltrato se establece la figura de biocidio, misma que define una sanción con privación de libertad de dos a cinco años y multa de 30 a 180 días, a quien matare con ensañamiento o con motivos fútiles a un animal.
El director Jurídico del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP), José Antonio Gonzales, manifestó que el biocidio es un tipo penal doloso. “Es decir, que necesita la existencia del conocimiento y la decisión de realizar la conducta que se adecúa al tipo penal”.
Por otro lado, según ANF, el proyecto de ley para la protección de los animales, del diputado Héctor Arce, plantea agravar la sanción por biocidio animal, para que ahora sea de tres a seis años de cárcel. Además de sumar la pena por incendio ocasionado en áreas protegidas, ya que la iniciativa legislativa pretende instituir a la Madre Tierra como bien jurídicamente protegido por el Estado.





