El Gobierno promulgó los Decretos Supremos 5550, 5551 y 5552, normas que reconfiguran la estructura del Órgano Ejecutivo y modifican de manera sustancial el funcionamiento de la Vicepresidencia y la gestión social del Estado. Las disposiciones fueron emitidas el 20 de febrero de 2026 y ya generan debate sobre centralización administrativa y concentración de funciones.
El Decreto Supremo 5552 —junto al 5550, que replica su contenido— modifica el Decreto Supremo 4857 de Organización del Órgano Ejecutivo y elimina la estructura administrativa independiente de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional. Desde ahora, esa instancia dejará de contar con presupuesto, personal y aparato administrativo propios, pasando a depender funcional y financieramente del Ministerio de la Presidencia.
La norma incorpora un nuevo artículo que establece que el Vicepresidente recibirá apoyo de unidades como la Jefatura de Gabinete, la Unidad Técnica, Comunicación y Protocolo, Archivo Legislativo y Asesoramiento Jurídico, todas bajo dependencia administrativa del Ministerio de la Presidencia. No obstante, se aclara que las funciones legislativas del Vicepresidente, en su calidad de presidente de la Asamblea Legislativa, contarán con asesoría diferenciada para respetar la separación de órganos del poder público.
Además, el decreto redistribuye direcciones estratégicas. El Ministerio de Relaciones Exteriores asumirá funciones vinculadas al “Vivir Bien” y política exterior; el Ministerio de Planificación del Desarrollo incorporará la gestión de información geoespacial y la plataforma GeoBolivia; mientras que el Ministerio de Desarrollo Productivo absorberá el Centro de Investigaciones Sociocomunitarias. Se establecen plazos de apenas cinco días hábiles para transferir presupuesto, personal y activos, lo que marca una transición acelerada.
En paralelo, el Decreto Supremo 5551 transforma el Despacho de Gestión Social (DEGSE). De ser una unidad dependiente del Ministerio de la Presidencia, pasa a convertirse en una institución pública descentralizada con personalidad jurídica propia y autonomía administrativa, financiera y técnica. Aunque seguirá bajo tuición ministerial, ahora tendrá mayor margen operativo.
La nueva entidad estará dirigida por una Directora o Director General Ejecutivo designado mediante Resolución Suprema y no contará con directorio. Entre sus funciones se incluyen la administración de bienes decomisados o abandonados, la ejecución de programas solidarios y la articulación con organizaciones nacionales e internacionales para ayuda social. “Esta transformación permitirá una gestión más ágil y efectiva en beneficio de los sectores vulnerables”, señala el texto normativo.
Especialistas en administración pública sostienen que el paquete normativo apunta a centralizar el control político-administrativo en el Ministerio de la Presidencia, mientras descentraliza la ejecución social en una entidad con mayor flexibilidad operativa. “La clave estará en cómo se implementen los mecanismos de control y transparencia”, advierten analistas consultados.
En términos estructurales, los decretos dibujan un nuevo mapa del poder ejecutivo: menos autonomía administrativa para la Vicepresidencia y mayor formalización de la gestión social. El impacto real de la reforma dependerá de su ejecución práctica y de la capacidad institucional para evitar duplicidades, garantizar rendición de cuentas y preservar el equilibrio entre órganos del Estado.





